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Regla de los dos meses en IBKR: pérdidas que no compensan

Actualizado: 21/10/2026

Regla de los dos meses en Interactive Brokers: cuándo Hacienda aplaza tu pérdida por recompra y cómo vender con pérdidas a final de año sin activarla.

La regla de los dos meses impide compensar una pérdida por la venta de acciones o ETF cotizados si compras valores homogéneos en los dos meses anteriores o posteriores a la venta. La pérdida no desaparece: queda aplazada y se integra cuando vendas los títulos recomprados. Está en el artículo 33.5 f de la Ley del IRPF.

Qué dice exactamente la regla

La norma busca evitar que vendas solo para generar una pérdida fiscal y vuelvas a quedarte con la misma inversión. Por eso:

Qué son valores homogéneos

Son los que proceden del mismo emisor y dan los mismos derechos: las acciones de una misma empresa, o las participaciones de un mismo ETF. Comprar otra empresa del mismo sector no activa la regla. Con los ETF, comprar uno de otra gestora que replica el mismo índice normalmente tampoco, porque es otro valor con otro ISIN. Lo que sí la activa es volver a comprar exactamente el mismo título, aunque sea en otra bolsa o en otra divisa.

Ejemplo con recompra parcial

El 1 de septiembre de 2025 compras 100 acciones a 50 € (5.000 €). El 10 de noviembre las vendes a 40 € (4.000 €): pérdida de 1.000 €. El 1 de diciembre recompras 100 acciones a 41 €.

Si el 1 de diciembre hubieras recomprado solo 50 acciones, se aplazarían 500 € y los otros 500 € se computarían en 2025.

La trampa de los dos meses anteriores

Mucha gente solo piensa en la recompra posterior. Pero si el 15 de octubre compras más acciones de la misma empresa y el 10 de noviembre vendes con pérdida el lote antiguo (por FIFO se vende primero el más antiguo), la compra de octubre también activa la regla. Tienes en cartera títulos homogéneos comprados en los dos meses previos, así que la pérdida se aplaza.

Cómo materializar pérdidas antes del 31 de diciembre

Si quieres compensar ganancias de este año con pérdidas latentes, sigue este orden:

  1. Revisa en IBKR qué posiciones están en pérdida y qué ganancias has realizado en el año.
  2. Comprueba que no has comprado esos mismos valores en los dos meses anteriores a la venta prevista, incluidas reinversiones automáticas de dividendos.
  3. Vende antes del 31 de diciembre para que la pérdida cuente en el ejercicio.
  4. No recompres el mismo valor hasta que pasen dos meses desde la venta; si vendes el 15 de diciembre, espera al menos hasta el 16 de febrero.
  5. Si no quieres estar fuera del mercado, compra un valor no homogéneo, por ejemplo un ETF de otra gestora.

Errores habituales

Quedan pocas semanas para cerrar el año y cada venta con pérdida mal planificada puede quedarse bloqueada justo cuando la necesitas. Sube tu extracto de IBKR a Brokers.tax: marca las ventas afectadas por la regla de los dos meses para que sepas qué pérdidas cuentan de verdad antes de decidir.

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Preguntas frecuentes

¿La regla de los dos meses se aplica a los ETF?

Sí. Los ETF cotizados siguen el plazo de dos meses. Comprar un ETF de otra gestora sobre el mismo índice normalmente no la activa.

¿Pierdo la pérdida para siempre?

No. Queda aplazada y se integra en la Renta del año en que vendas los valores recomprados.

¿La regla afecta a las ganancias?

No. Solo aplaza las pérdidas; una venta con ganancia tributa siempre en el año en que se produce.

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